Sr. Rolando Melo. Director Nacional del Servicio Nacional de Menores. Chile

Sr. Rolando Melo. Director Nacional del Servicio Nacional de Menores. Chile

Nacional
Chile
Mr. Rolando Melo. National Director of National Youth Service of Chile (SENAME)

Abogado de la Universidad Diego Portales; Post-título en Justicia Criminal y Sistema Acusatorio, en la Universidad Diego Portales; Magíster en Derecho Penal y Ciencias Penales, en la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Se desempeñó como Abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de San Miguel, y ha trabajado en forma particular en estudios jurídicos. Desde el año 2000 hasta el año 2010, se desempeñó en el Ministerio Público como Fiscal Adjunto Jefe en las ciudades de Lautaro y Viña del Mar. En esta materia, ha sido invitado a participar en distintas actividades en el extranjero en el marco de cooperación con fiscalías extranjeras. Ha realizado actividades docentes, tales como monitor en diversas capacitaciones, y docente en taller de Litigación de la Universidad de los Andes. En diciembre del año 2010 asume como Director Nacional del Servicio Nacional de Menores de Chile, cargo que ostenta en la actualidad.

¿Podría hacernos una breve descripción de las principales actividades y objetivos del Servicio Nacional de Menores de Chile (SENAME)?

El Servicio Nacional de Menores es un servicio público, centralizado, auxiliar del sistema judicial y dependiente del Ministerio de Justicia.

Su misión es: 'Contribuir a la restitución de derechos de niños, niñas y adolescentes, vulnerados/as, así como a la responsabilización y reinserción social de los adolescentes infractores/as de ley, a través de prestaciones de calidad, otorgadas mediante una red de programas ejecutados directamente o por organismos colaboradores del Servicio'.

Durante esto últimos seis años, ¿en qué medida la 'Ley 20.084 de Responsabilidad Penal de los adolescentes' (RPA) del 2006 ha afectado al desarrollo integral de los menores en conflicto con la ley en Chile? ¿Cuáles son las mejoras perceptibles desde su aprobación?

Desde la aprobación de la Ley RPA es posible percibir una serie de mejoras focalizadas al desarrollo integral de los adolescentes en conflicto con la ley, entre las cuales podemos destacar:

  • El establecimiento mismo de un sistema de responsabilidad penal para adolescentes diferente al sistema penal de adultos, que la Ley RPA ordena y regula;
  • La transición del sistema tutelar a un sistema basado en enfoque de derechos, que reconoce al adolescente como sujeto de derechos;
  • La eliminación del “discernimiento” y la introducción del concepto de responsabilización.
  • El establecimiento de un rango etáreo entre los 14 y los 18 años.
  • La imposición de un entorno de derechos y garantías para el adolescente en conflicto con la ley.
  • El reconocimiento del adolescente como persona en etapa especial de desarrollo.
  • El establecimiento de un catálogo de sanciones.
  • La utilización de la privación de libertad como una sanción de último recurso, privilegiando sanciones en medio libre.
  • El modelo de intervención con cada adolescente se sustenta en un enfoque socioeducativo, orientado a la responsabilización y a la reinserción social.

¿De qué recursos dispone SENAME para aplicar el principio de socialización y el principio educativo a los jóvenes en dificultad social? Cuales son las modificaciones y evolución de los recursos y centros de detención para los jóvenes en situación de privación de libertad en Chile?

De acuerdo a lo señalado en la Ley N° 20.084 y en su reglamento, es importante señalar que la privación de libertad de adolescentes infractores de ley debe desarrollarse en un centro especializado, orientado al cumplimiento de los objetivos previstos por esta ley –los cuales se señalan en el artículo 20 de la misma–, que dice relación con hacer efectiva su responsabilidad por los hechos delictivos que cometan, de tal manera que la sanción forme parte de una intervención socioeducativa amplia y orientada a la plena integración social.

Lo anterior, se traduce en que se prioriza el carácter responsabilizador, reparador y habilitante de la intervención penal por sobre su componente punitivo, asumiendo el desafío de desarrollar una oferta pertinente a las necesidades particulares de los y las adolescentes que favorezca la reinserción social y el desistimiento de la conducta infractora. Esto implica que la propuesta de intervención para los/as jóvenes - en el contexto del cumplimiento de una condena en un Centro de Régimen Cerrado (CRC) - debe considerar la etapa de desarrollo que atraviesan y, a la vez, las causas y circunstancias que los/as han llevado a involucrarse en hechos delictuales. En este marco, es compromiso del SENAME garantizar la continuidad de estudios básicos, medios y especializados de los y las adolescentes, así como su integración en programas de re-escolarización, en el caso que sea necesario, y de preparación para la vida laboral y el desarrollo personal.

En este contexto, la oferta programática se plantea como una oferta multimodal y ecosistémica. Multimodal, para abarcar el conjunto de factores vinculados a la comisión de delitos, así como las actitudes y comportamientos prosociales; y ecosistémica, porque las estrategias de intervención deben comprender al sujeto como parte de su entorno familiar y comunitario. En este sentido, se sostiene que los programas requieren estar basados en el individuo, en la familia y en la comunidad para abordar de manera eficaz los factores de riesgo de reincidencia y potenciar la capacidad de respuesta del/a adolescente y el desistimiento. En este contexto, la idea es organizar la oferta programática en el centro, de manera tal que respondan a las necesidades específicas de los adolescentes, considerando la etapa de desarrollo en que se encuentran, a través de programas de educación, de tiempo libre y recreación, familia e integración social, formación laboral, conducta delictual, e intervención terapéutica en salud mental y drogas.

En cuanto a la internación provisoria de adolescentes como medida cautelar, se prioriza el carácter responsabilizador, reparador y habilitante de la intervención penal por sobre su componente punitivo, asumiendo el desafío de desarrollar una oferta pertinente a las necesidades particulares de los y las adolescentes que se haga cargo de los impactos que tiene la experiencia de privación de libertad para el proceso de desarrollo adolescente y su inserción social, y por ende, desarrolle una oferta programática con alto nivel de capacidad de respuesta a las necesidades de los y las adolescentes, en particular en las dimensiones de salud mental, educación y formación laboral.

La experiencia de privación de libertad durante la internación provisoria tiene complejidades propias que se las otorga el hecho de estar en un momento del proceso judicial donde no existe certeza inicial del plazo de duración, y ello repercute en los niveles de ansiedad de los/las adolescentes dada la incertidumbre que genera. Además, el ingreso al sistema privativo de libertad impacta desde el punto de vista del proceso de desarrollo del/la adolescente, puesto que acrecienta niveles de vulnerabilidad psicosocial y además puede constituir un factor desequilibrante en la salud mental.

Si bien, la calidad de imputado/a del adolescente limita la posibilidad de generar una intervención que apunte hacia objetivos de responsabilización frente al delito y prevención de la reincidencia, resulta necesario que el equipo efectúe acciones que se hagan cargo tanto de generar responsabilidad en el/la adolescente frente a sí mismo, como de generar soportes de contención y servicios que minimicen el impacto negativo de la privación de libertad en su desarrollo. Por ello, la idea es que el equipo desarrolle una oferta planificada de manera coherente y pertinente a las necesidades de cada adolescente en este contexto.

Tal como se mencionó anteriormente, la oferta programática tendrá dos características generales: debe ser multimodal y ecosistémica.

¿Que tendencia o efectos se observan en los datos y estadísticas referentes a la reincidencia de los menores tras la aplicación de la presente ley penal del menor? ¿En qué medida son aplicadas medidas restaurativas o alternativas a la detención del joven?

Sename tiene a la fecha datos estadísticos sobre reingresos, pero se encuentra en etapa de investigación un estudio sobre reincidencia: “Estudio modelos y medición de la reincidencia de adolescentes y jóvenes de la ley penal”, encargado al Centro de Estudios en Seguridad Ciudadana (CESC), del Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile. Este estudio permitirá establecer una línea base de las tasas de reincidencia que arroja el sistema de justicia juvenil. Como subproducto de este estudio esperamos contar con un modelo de medición de la reincidencia a futuro.

En cuanto a la aplicación de medidas restaurativas, podemos señalar que si bien no es la justicia restaurativa nuestra línea de acción, sí se implementan prácticas restaurativas a través del programa de reparación del daño y servicio en beneficio a la comunidad.

La sanción de Servicio en Beneficio a la Comunidad y Reparación del Daño, corresponde a una de las sanciones ejecutadas por el Servicio Nacional de Menores más utilizadas desde que entró en vigencia la Ley de Responsabilidad Penal Adolescentes. Esto es posible de apreciar en la tabla Nº1, donde se muestra que esta sanción corresponde a un 30,34% del total del período 2008 – 2011.

Tal como se aprecia en el gráfico n° 1, esta proporción ha mostrado cierta estabilidad en el tiempo, teniendo además un 79,2% de cumplimiento efectivo de los casos egresados durante el año 2011.

TABLA 1: Distribución de casos ingresados por año a sanciones administradas por Sename

¿Qué proyectos de intercambio regionales desarrolla y/o participa el SENAME y con qué finalidades?

En el ámbito internacional, en materia de Justicia Juvenil, el Servicio Nacional de Menores podemos destacar los siguientes proyectos:

1. Desarrollo del Proyecto “Fortalecimiento de la gestión técnica y administrativa del SENAME y su Red de Organismos Colaboradores Acreditados, para la inserción social de adolescentes imputados y/o condenados en el marco de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (Ley N° 20.084)”, con financiamiento de la GTZ. Este proyecto tuvo por objetivo mejorar sustantivamente los procesos de gestión en la implementación de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.

2. Actualmente se está desarrollando entre SENAME y la Subsecretaría de Atención Integral a Personas privadas de libertad (Dirección de Centros de Adolescentes Infractores), dependiente del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de Ecuador, un proyecto de cooperación cuyo objetivo es entregar asistencia técnica por parte de SENAME a la Dirección de Centros de Adolescentes Infractores, para la implementación de un sistema de ejecución de medidas socioeducativas no privativas de libertad en ese país. Este proyecto es financiado por la Agencia de Cooperación Internacional de Chile (AGCI).

3. Finalmente, y en el marco de lo establecido en la Comisión Mixta de Cooperación entre Chile y Costa Rica realizada en diciembre del 2011, se encuentra en estudio la posibilidad de recibir asesoría técnica de dicho país en materia de Modelos de Gestión y Administración de Justicia Juvenil.

En calidad de director nacional del SENAME ¿Cuáles son sus objetivos tanto para su organización como para la mejora de la Justicia Juvenil en Chile?

Entre los objetivos que se ha fijado esta administración, podemos destacar:

  • La modernización del modelo de gestión del servicio en materia de justicia juvenil, realizando un trabajo sistemático con los intervinientes para mejorar la calidad y oportunidad del servicio prestado;
  • El diseño y desarrollo de orientaciones técnicas con indicadores que permitan medir resultados y mejoren la calidad de la intervención y haga posible la reinserción social de los jóvenes;
  • La especialización de los funcionarios en materia de justicia juvenil;
  • La realización de estudios permanentes en la temática para mejorar la calidad de atención;
  • La mejora de las condiciones de habitabilidad en los centros privativos de libertad.
  • El favorecimiento del proceso de desconcentración hacia las direcciones regionales.